Mancomunidad Deportiva EBRO

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La Mancomunidad

Origen y programación

La Mancomunidad deportiva Ebro está integrada por los ayuntamientos de Arguedas, Cadreita, Castejón, Cintruénigo, Corella, Milagro, Valtierra y Villafranca.

Tiene su origen en las antiguas zonas deportivas del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.
Al principio de los años ochenta, los colegios de la zona se pusieron de acuerdo para organizar actividades extraescolares.

El 12 de febrero de 1985 se constituye como agrupación deportiva. A la misma pertenecían ocho Ayuntamientos, en aquella época con nueve centros educativos, ya que en Castejón existían dos colegios (público y privado). Representaban a los ayuntamientos concejales y miembros de las agrupaciones deportivas locales.

El día 9 de abril de 1990, con la aprobación de nuevos estatutos, se constituye en Mancomunidad, como ente local con capacidad jurídica propia. Y ya solamente la integran los ocho ayuntamientos mencionados al inicio de este informe.

Las aportaciones económicas de los Ayuntamientos han sido las suficientes para cubrir aquellos programas aprobados por la Mancomunidad. El presupuesto de la Mancomunidad para el ejercicio 2008 asciende a la cantidad de 227.360 €, aportando cada ayuntamiento la cantidad de 20.000 €. El resto es financiado por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra y otras aportaciones diversas, a excepción de la aportación que hacen los Ayuntamientos de Cadreita, Castejón, Milagro y Valtierra para sufragar los intereses y la amortización del proyecto que en su día encargaron de la piscina cubierta.

La Mancomunidad solamente sufraga los gastos de las actividades zonales o comarcales. Cada Ayuntamiento aporta para dichas actividades la misma cantidad, no como en el resto de otros servicios mancomunados, en los que la aportación es proporcional a los habitantes. Cada ayuntamiento, además de la aportación que hace a la Mancomunidad tiene su propio presupuesto para el desarrollo de las actividades deportivas locales y para la gestión y conservación de sus instalaciones deportivas.

En cuanto a las tasas y precios públicos hay grandes diferencias entre las distintas entidades locales (abonos instalaciones deportivas).

De las funciones aprobadas en los estatutos, la única que no se ha cumplido nunca es el apartado F del artículo 4º “La promoción, conservación, reparación y administración en su caso de las instalaciones deportivas”. Esta tarea ha estado reservada exclusivamente a la entidad local donde se ubican esas instalaciones.

En cuanto al resto de fines y funciones para llevar adelante el desarrollo de los programas deportivos, no ha habido nunca ningún problema y siempre se han aprobado por unanimidad.

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Carta de servicios

Carta de servicios PDF (800kb)

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